La FAPA Francisco Giner de los Rios, nos remite enlace al Protocolo de actuación ante la aparición de casos COVID-19 en centros educativos de la Comunidad de Madrid.
Este protocolo está sometido a una revisión permanente en función de la evolución y nueva información que pueda surgir sobre el COVID-19 en nuestra comunidad autónoma. Esta revisión se ha realizado el pasado 25 de septiembre y es la cuarta que se publica.
Los cambios en relación a la anterior revisión son principalmente los siguientes:
- No deben acudir al centro educativo aquellas personas que tengan síntomas compatibles con COVID-19, sean parte del alumnado, profesorado u otro personal, así como aquellas personas que se encuentren en aislamiento por diagnóstico de COVID-19. Tampoco acudirán aquellos que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber mantenido un contacto estrecho con alguna persona diagnosticada de COVID-19.
- Si una persona afectada (alumno/a o trabajador/a) se considera caso sospechoso, deberá permanecer aislada en su domicilio hasta disponer de los resultados de las pruebas diagnósticas … También permanecerán en el domicilio los hermanos/as del caso sospechoso escolarizados en el mismo centro o en cualquier otro, hasta el resultado de las pruebas, por ser contactos familiares convivientes.
- Si el caso se confirma, no debe acudir al centro y debe permanecer en aislamiento hasta trascurridos 3 días del fin del cuadro clínico y un mínimo de 10 días desde el inicio de los síntomas. No será necesario la realización de una PCR para levantar el aislamiento ni para reincorporarse a la actividad laboral.
- Hasta la obtención del resultado diagnóstico que confirme el caso no se indicará ninguna acción sobre los contactos estrechos escolares y la actividad docente continuará de forma normal
extremando las medidas de prevención e higiene. - Manejo de los contactos estrechos: (se considerará contacto estrecho a cualquier alumno que haya compartido espacio con el caso confirmado a una distancia<1,5 metros alrededor del caso durante más de 15 minutos salvo que se pueda asegurar que se ha hecho un uso adecuado de la mascarilla.
- La evaluación del uso adecuado de la mascarilla será realizada por el profesor/tutor de la clase e informará al coordinador COVID-19 del centro.)
- Se indicará vigilancia de síntomas y cuarentena en el domicilio durante los 10 días posteriores al último contacto con un caso confirmado, según lo establecido en la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19 de la Comunidad de Madrid. Esta es la principal medida de prevención para controlar la transmisión. Si durante el periodo de cuarentena desarrolla síntomas, se pondrá en contacto telefónico con su centro de salud para su valoración clínica y solicitud de prueba diagnóstica. Si el contacto sigue asintomático al finalizar su periodo de cuarentena podrá reincorporarse a sus actividades habituales sin necesidad de realizar una prueba diagnóstica. Las personas que ya han tenido una infección confirmada por SARS-COV-2 los 3 meses anteriores estarán exentos de hacer cuarentena. En la situación epidemiológica actual, la realización de una prueba diagnóstica de infección aguda a los contactos estrechos del ámbito escolar, en general, no se indica salvo que desarrollen síntomas. En situaciones de especial riesgo, Salud Pública puede indicar la realización de una prueba diagnóstica y se podrá realizar en el lugar que se determine. En el caso de personas vulnerables, la valoración de la indicación de prueba diagnóstica la realizará su médico de familia o pediatra. Si el resultado de la prueba es negativo se continuará la cuarentena hasta el día 10. En cualquier caso, la cuarentena finalizará a los 10 días de la fecha del último contacto.
Enlace al Protocolo de actuación revisado el 25 de septiembre: https://www.fapaginerdelosrios.org/documentos?EntryId=2455&Command=Core_Download